PROTECCIÓN A LOS USUARIOS
Tarifas por separado

La Comisión Nacional de Televisión (CNTV) les recordó a los operadores de televisión por suscripción que en su factura deben aparecer debidamente discriminados cada uno de los servicios adicionales al que ofrece. Es decir, que además del cobro por televisión, debe figurar por separado, el de Internet y el de telefonía si están en su paquete. Esto responde a una determinación que la CNTV estipuló a través del acuerdo 11 del 2006, con el fin de proteger los derechos de los usuarios y suscriptores del servicio público de televisión por suscripción.

En este mismo sentido, se debe indicar en la factura, clara y expresamente, el periodo al que corresponde el servicio facturado y presentar en forma discriminada el cobro periódico por el servicio o plan básico y por los planes o servicio adicionales contratados por el suscriptor.

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