DECRETO 644 DE 2002
(abril 10)
Diario Oficial No. 44.767, de 13 de abril de 2002

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se modifican los artículos 3o. y 4o. del Decreto 2445 del 23 de noviembre de 2000.

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y de conformidad con el artículo 76 del Decreto 111 de 1996,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Modificar los artículos 3o. y 4o. del Decreto 2445 del 23 de noviembre de 2000, en el sentido que se podrá asignar teléfono celular y vehículo de uso oficial con cargo a los recursos del tesoro público, al Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.

Esta compilación fue desarrollada por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.

Prohibida su reproducción sin autorización.

Documentos analizados con corte el 15 de julio de 2011

     
 
 
 
Comision Nacional de Television Calle 72 # 12 - 77 - Linea gratuita 018000 919796 - PBX: (571) 5953000
Horario de atención de lunes a viernes de 8 a.m.a 5 p.m. - Todos los derechos reservados -
Oficina de Comunicaciones y Prensa CNTV - Desarrollo BOP